Comienzo restricción
Día(s)
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Hora(s)
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Minuto(s)
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Segundo(s)
Inicio
Fin
Comunidades Autónomas
08:00
24:00
Andalusía
Comienzo restricción
Día(s)
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Segundo(s)
Restricciones a la circulación de mercancías peligrosas
08:00 | 24:00 | Andalucía
En caso de duda os facilito el link de la DGT:
http://www.dgt.es/es/el-trafico/restricciones/
Con carácter general, para el año 2020 tenemos las siguientes exenciones para mercancías peligrosas:
- Materias destinadas al aprovisionamiento de estaciones de servicio, incluidos los combustibles destinados a centros de consumo propio para el aprovisionamiento de vehículos de transporte por carretera.
- Combustibles con destino a puertos, aeropuertos y bases estacionales de aeronaves de lucha contra incendios con la finalidad de abastecer buques y aeronaves.
- Combustibles para abastecimiento al transporte ferroviario y gasóleos de calefacción para uso doméstico.